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ley TVDE 2026

visión general

¿Cuándo entra en vigor la nueva ley TVDE?

La respuesta directa, más el calendario completo: qué se aplica ya hoy, qué plazos de adaptación existen, cuáles son pacíficos y cuáles se están cuestionando, y qué falta por reglamentar.

La nueva ley TVDE entró en vigor el 1 de septiembre de 2026. Se trata de la Ley n.º 59/2026, de 25 de agosto, publicada en el Diario de la República ese día, que modifica por primera vez la Ley n.º 45/2018. El artículo 7 fija la entrada en vigor el primer día del mes siguiente al de la publicación, es decir, el 1 de septiembre de 2026, y esa es la fecha que el Diario de la República Electrónico registra oficialmente.

Estado de la ley

ver cronología
  1. aprobada en el parlamento17/07/2026
  2. promulgación18/08/2026
  3. publicación en el boletín oficial25/08/2026
  4. 4entrada en vigor01/09/2026fase actual
  5. 5desarrollo reglamentario

El calendario, paso a paso

  • 17 de julio de 2026: aprobación en votación final global en el parlamento.
  • 18 de agosto de 2026: promulgación por el Presidente de la República, António José Seguro.
  • 25 de agosto de 2026: publicación en el Diario de la República como Ley n.º 59/2026.
  • 1 de septiembre de 2026: entrada en vigor.
  • Después: plazos de adaptación y reglamentos de desarrollo.

Estar en vigor no es lo mismo que ser exigible ya

Aquí está el origen de la mayor confusión, y conviene separar las dos cosas. La ley está en vigor: eso significa que las reglas que no dependen de nada más empezaron a valer el 1 de septiembre. Pero una parte importante del texto depende de reglamentos que aún no se han publicado, y otra parte tiene plazos propios de adaptación. Ningún conductor tiene que tenerlo todo distinto el día 1 de septiembre.

Los plazos que constan expresamente en la nueva ley

Son los plazos fijados en el artículo 4 del cuerpo de la Ley n.º 59/2026, y no son objeto de ninguna controversia. Las fechas son las que el propio Diario de la República asocia al texto.

quiénplazoqué tiene que hacer
Todos1 de septiembre de 2026La Ley n.º 59/2026 entra en vigor. Las reglas que no dependen de reglamento pasan a aplicarse.
Gestores de plataformas120 días, hasta el 29 de diciembre de 2026Plazo para demostrar ante el IMT la capacidad tecnológica: conexión a sus bases de datos, registro de los tiempos de trabajo, protección de datos, acceso de las entidades fiscalizadoras y servicio de emergencia.
Gestores de plataformas1 año, hasta el 1 de septiembre de 2027Plazo para demostrar todos los requisitos del artículo 17 y obtener la nueva licencia.
Licencias y certificados ya emitidoshasta el fin de su plazoSe mantienen válidos. Es en la renovación cuando pasan a aplicarse las reglas nuevas.
IMT30 días tras la publicaciónPlazo para que el consejo directivo apruebe el modelo del nuevo certificado de conductor.

Los plazos de 60 y 120 días: qué se dice y qué está en juego

En muchos sitios, incluso en comunicaciones del propio sector, encontrará la referencia a un régimen transitorio con dos plazos contados desde la entrada en vigor: 60 días para que los operadores de plataformas adapten su actividad, lo que daría finales de octubre de 2026, y 120 días para los operadores TVDE y los conductores, lo que daría finales de diciembre de 2026, con posibilidad de prórroga de otros 180 días mediante decisión motivada del IMT. Esos plazos constan del artículo 32 del régimen republicado en anexo.

El punto que conviene conocer es este: el artículo 32 del anexo es el artículo original de 2018 y no figura ni en la lista de artículos modificados ni en la de artículos añadidos por la Ley n.º 59/2026. La APTAD ha calificado públicamente la situación como un error grave de técnica legislativa y sostiene que, si prevalece el artículo 7 de la ley nueva, desaparece el único régimen transitorio que protegía a operadores y conductores. Hasta la fecha de esta actualización no existe declaración de rectificación ni aclaración oficial del IMT.

Qué significa esto en la práctica para usted

No trate los 60 y los 120 días como una garantía. Si se confirma la lectura corriente del sector, dispone de ese tiempo para adaptarse; si no se confirma, las reglas aplicables son exigibles desde el 1 de septiembre, en la medida en que no dependan de reglamento. Lo prudente es tratar como exigible ya todo lo que se pueda cumplir, y no dejar nada para el último día de un plazo que quizá no exista. Confirme siempre su situación concreta con el IMT o con su operador.

Qué se aplica ya desde el 1 de septiembre

Desde esa fecha valen las reglas que no dependen de reglamento: la posibilidad de que los taxis operen como TVDE y la equivalencia del certificado de conductor de taxi, la ampliación de la edad máxima de los vehículos a 10 años y 12 en los eléctricos, el fin del tope de la tarifa dinámica, la publicidad permitida en los vehículos según el régimen del taxi, la prohibición del comodato y del usufructo con la excepción del conductor propietario, la contribución del 5 % de las plataformas, el nuevo régimen sancionador y la ampliación de la honorabilidad a las condenas en el extranjero.

Qué sigue pendiente de reglamento

Siguen dependiendo de desarrollo reglamentario, y a 1 de septiembre ninguno se había publicado: el modelo, las características técnicas y la tasa del nuevo distintivo; la organización de los cursos, los requisitos de las entidades formadoras y los procedimientos de la evaluación final; los contenidos y criterios de la verificación del dominio funcional de la lengua portuguesa; y la definición técnica de la plataforma de intercambio de datos del IMT. Sin estos actos, las reglas correspondientes no son materialmente aplicables.

¿Y las licencias y certificados que ya existen?

Se mantienen válidos hasta el fin de su plazo. Es en la renovación cuando pasan a aplicarse las reglas nuevas, incluida, en el caso de los conductores, la verificación del dominio funcional de la lengua portuguesa integrada en el curso de formación y, para quien haya residido fuera de Portugal seis meses o más en los últimos cinco años, la presentación del certificado de antecedentes penales del país de residencia. Si ya conduce, vea qué cambia en la guía para quien ya conduce.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo entra en vigor la nueva ley TVDE?

La Ley n.º 59/2026 entró en vigor el 1 de septiembre de 2026. Fue publicada en el Diario de la República el 25 de agosto de 2026 y el artículo 7 fija la entrada en vigor el primer día del mes siguiente al de la publicación. Es también la fecha que consta oficialmente en el Diario de la República Electrónico.

¿Tengo que cumplirlo todo a partir del 1 de septiembre?

No, por dos razones. Primero, varias reglas dependen de reglamentos que aún no se han publicado, como el nuevo distintivo, la nueva formación y la verificación de la lengua portuguesa: sin ellos no es materialmente posible cumplirlas. Segundo, el artículo 4 de la ley da plazos propios a las plataformas, de 120 días para la capacidad tecnológica y de un año para la nueva licencia. Existe además un régimen transitorio con plazos de 60 y 120 días cuya aplicabilidad se está cuestionando en el sector.

¿Mi certificado de conductor deja de valer?

No. Las licencias y certificados emitidos al amparo de la ley anterior se mantienen válidos hasta el fin de su plazo, por el artículo 4, apartado 2, de la nueva ley. Es en la renovación cuando pasan a aplicarse las reglas nuevas, incluida la verificación del dominio funcional de la lengua portuguesa integrada en el curso de formación.

¿Cuál es el número de la nueva ley TVDE?

Ley n.º 59/2026, de 25 de agosto, que modifica por primera vez la Ley n.º 45/2018, de 10 de agosto, y republica en anexo el régimen jurídico de la actividad TVDE.

¿Por qué hay quien dice que la ley solo entra en vigor en noviembre?

Porque el texto contiene una tensión interna. El artículo 7 de la ley nueva fija la entrada en vigor el primer día del mes siguiente al de la publicación, lo que da el 1 de septiembre de 2026, y esa es la fecha registrada oficialmente por el Diario de la República. Pero el artículo 33 del régimen republicado en anexo, que es el artículo original de 2018 y no fue modificado, contiene una regla de vacatio legis distinta. De ahí las lecturas divergentes. La fecha oficial es el 1 de septiembre de 2026.

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Este es hoy el sitio de referencia en Portugal sobre la nueva ley TVDE. En poco más de un mes de existencia, con contenido escrito a partir del texto publicado en el Diario de la República y disponible en ocho idiomas, los números hablan por sí solos. Al final, la gente necesita saber qué cambia.

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