Uno de los objetivos de la revisión es acabar con la ambigüedad sobre quién hace qué en el sector. La ley clarifica dos figuras distintas y fija reglas nuevas para la relación entre las plataformas, los operadores y el Estado. Para quien trabaja del lado de la oferta, estos son los cambios con más peso estructural.
Operador de TVDE y gestor de plataforma: dos figuras distintas
La ley distingue el operador de TVDE del gestor de plataforma electrónica. El operador es el responsable de los vehículos y de los conductores, es decir, la empresa o flota que pone coches y conductores al servicio. El gestor de plataforma es la empresa dueña de la aplicación, como Uber o Bolt, que hace la intermediación entre quien busca y quien ofrece el viaje. Esta separación de papeles vuelve más claro quién responde por cada obligación y facilita la fiscalización.
La propia denominación del sector cambia para reflejar esta lógica: TVDE pasa a significar transporte remunerado de pasajeros en vehículos de disposición electrónica, dejando caer la referencia a vehículos sin distintivos que constaba en la ley original.
La tasa de intermediación: el máximo del 25% se mantiene, la base cambia
La tasa que la plataforma puede cobrar sobre cada viaje mantiene el límite máximo del 25%. El cambio está en la base de cálculo: ese porcentaje pasa a aplicarse sobre el valor del viaje sin IVA, y no sobre el total. Antes existían prácticas divergentes sobre este punto, lo que podía significar comisiones efectivas diferentes según la interpretación. La nueva regla uniformiza el criterio y clarifica lo que la plataforma puede retener.
El principio se entiende mejor con un ejemplo. En un viaje cuyo valor sin IVA es de 10 euros, la comisión de la plataforma se aplica sobre esos 10 euros, y no sobre el total que ya incluye el IVA. Al límite del 25%, eso corresponde a una comisión máxima de 2,50 euros. Si el cálculo se hiciera sobre el total con impuesto, la comisión en euros sería superior, aun manteniendo el mismo porcentaje. La tabla de abajo ilustra la diferencia de base, sin afirmar cuál es el tipo de IVA aplicable, que no viene definido en este punto.
| elemento | cómo se calcula |
|---|---|
| valor del viaje sin IVA | 10,00 euros (ejemplo) |
| base de la comisión | los 10,00 euros sin IVA, no el total con impuesto |
| comisión máxima de la plataforma | 25% de 10,00 euros, es decir 2,50 euros |
La plataforma nacional de intercambio de datos
La ley crea una plataforma electrónica nacional de intercambio de datos, gestionada por el IMT, para combatir la actividad irregular en el sector. La idea es cruzar en un único punto la información que antes estaba dispersa: datos de operadores, de conductores, de vehículos, de seguros, de inspecciones y de licencias. Con este cruce, se vuelve más fácil detectar, por ejemplo, un vehículo sin seguro válido, un conductor sin certificación o un operador sin licencia.
El acceso a la plataforma no es libre. Pueden consultarla el IMT, la AMT, la Autoridad Tributaria, la Seguridad Social y las fuerzas de seguridad. Esta lista muestra el alcance del instrumento: cruza información de movilidad con información fiscal, contributiva y policial, lo que refuerza la capacidad de fiscalización del Estado sobre quien opera fuera de las reglas.
flowchart TD IMT[IMT gestiona la plataforma nacional de datos] --> D[operadores, conductores, vehiculos, seguros, inspecciones, licencias] D --> AMT[AMT] D --> AT[Autoridad Tributaria] D --> SS[Seguridad Social] D --> FS[fuerzas de seguridad]
lo que se puede hacer
- operar como gestor de plataforma electrónica con la debida licencia
- cobrar una tasa de intermediación de hasta el 25% sobre el valor del viaje sin IVA
- colaborar con el IMT a través de la plataforma nacional de intercambio de datos
lo que no se puede hacer
- cobrar comisión por encima del 25% o calcularla sobre el total con IVA
- confundir el papel de gestor de plataforma con el de operador de TVDE
- retener o usar datos fuera del marco previsto en la ley y en el desarrollo reglamentario
Una separación que responsabiliza a cada parte
Al distinguir operador y gestor de plataforma, la ley deja claro a quién corresponde cada obligación. Eso es relevante a efectos de fiscalización y de infracciones administrativas, tratadas en detalle en la página sobre fiscalización y multas.
Casos prácticos
Un viaje cuesta 10 euros sin IVA. ¿Cuánto puede cobrar la plataforma de comisión?
se puedeComo máximo el 25% de ese valor, es decir 2,50 euros. La comisión se aplica sobre el valor del viaje sin IVA, y no sobre el total con impuesto. El límite del 25% se mantiene frente a la ley anterior; lo que cambia es la base de cálculo, ahora uniforme.
Soy una flota con coches y conductores. ¿Soy operador o gestor de plataforma?
dependeDepende del papel que desempeñe. Si es responsable de los vehículos y de los conductores, es operador de TVDE. El gestor de plataforma es la empresa dueña de la aplicación que hace la intermediación, como Uber o Bolt. La ley separa expresamente las dos figuras, con obligaciones propias para cada una.
