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ley TVDE 2026

artículo

¿Cuándo puede un conductor de TVDE rechazar un viaje?

La ley TVDE cierra la lista: hay tres situaciones en las que se puede rechazar el servicio, y fuera de ellas el rechazo es una infracción. Aquí está lo que dice cada regla, qué pasa con los animales y el equipaje y dónde está la frontera de la discriminación.

La respuesta corta

Un conductor de TVDE solo puede rechazar un viaje en tres casos: cuando obliga a circular por vías manifiestamente intransitables o por lugares de notorio peligro, cuando lo pide alguien con un comportamiento que haga sospechar peligrosidad, o cuando se pide de forma incompatible con la ley. Es lo que dice el artículo 8.º, apartado 1, del régimen TVDE. Cualquier otra razón, como que el viaje sea corto, que el destino no compense o que el pasajero lleve un animal debidamente acomodado, no sirve.

Estas reglas no son nuevas. Los artículos 7.º y 8.º están exactamente como se aprobaron en 2018 y la Ley n.º 59/2026 no los tocó. Lo que cambió la revisión fueron las multas y la entidad que las aplica, como se explica más abajo.

Los tres casos en que el rechazo está permitido

El artículo 8.º, apartado 1, dice que solo pueden rechazarse los servicios que:

  1. Impliquen vías intransitables o lugares peligrosos. La ley habla de «vías manifiestamente intransitables por su difícil acceso» o de «lugares que ofrezcan notorio peligro para la seguridad del vehículo, de los pasajeros o del conductor». Las palabras «manifiestamente» y «notorio» cuentan: no basta un camino de tierra o un barrio que no le gusta al conductor. Tiene que ser evidente.
  2. Los pidan personas con un comportamiento que haga sospechar peligrosidad.El criterio es el comportamiento, no la apariencia. Un pasajero agresivo, amenazante o que muestre un arma entra aquí. La ropa, la edad o el origen de alguien no entran, y usarlos como justificación cae en la discriminación prohibida por el artículo 7.º.
  3. Se pidan de forma incompatible con la ley. El ejemplo más claro es la solicitud hecha en la calle, sin pasar por la aplicación. El artículo 5.º obliga a la reserva previa a través de la plataforma y prohíbe recoger pasajeros que lo soliciten en el lugar. Una solicitud hecha así tiene que rechazarse. La ley no da otros ejemplos, por lo que el alcance de esta letra tendrá que valorarse caso por caso.

Equipaje y animales: dos reglas aparte

El mismo artículo 8.º trata dos casos frecuentes. En cuanto al equipaje, el apartado 2 dice que el transporte solo puede rechazarse cuando sus características perjudiquen la conservación del vehículo. En cuanto a los animales, el apartado 3 dice que no puede rechazarse el transporte de animales de compañía, «siempre que estén debidamente acompañados y acomodados», salvo motivo atendible, y da tres ejemplos de ese motivo: la peligrosidad, el estado de salud o el estado de higiene del animal.

En la práctica, un gato en un transportín o un perro pequeño en el regazo, con correa, no pueden rechazarse. Un perro grande sin correa ni bozal, o un animal visiblemente enfermo o muy sucio, sí. Los perros guía de pasajeros invidentes quedan fuera de esta regla: el artículo 6.º, apartado 5, hace obligatorio su transporte, sin las salvedades del artículo 8.º. Vea el artículo sobre pasajeros con movilidad reducida.

La prohibición de discriminación

El artículo 7.º garantiza la igualdad de acceso a los servicios de TVDE y prohíbe el rechazo por razón, en particular, de ascendencia, edad, sexo, orientación sexual, estado civil, situación familiar, situación económica, origen o condición social, discapacidad, enfermedad crónica, nacionalidad, origen étnico o raza, territorio de origen, lengua, religión, convicciones políticas o ideológicas y afiliación sindical. La expresión «en particular» indica que la lista es un ejemplo.

La discriminación tiene un régimen de responsabilidad más amplio que el simple rechazo. El artículo 25.º-B imputa la letra h), la discriminación, al conductor, al operador y al gestor de la plataforma, cuando el hecho les sea imputable. Una plataforma cuyo sistema aparte sistemáticamente a ciertos pasajeros puede, por tanto, responder por ello.

Casos prácticos

Pedí un viaje de 2 km y el conductor canceló al ver el destino

no se puede

Un viaje corto no es una vía intransitable, no es un lugar peligroso y no es una solicitud hecha contra la ley. No se aplica ninguno de los tres casos del artículo 8.º, apartado 1. La ley no explica en detalle si el simple hecho de no aceptar una solicitud en la aplicación cuenta como rechazo, pero una cancelación después de que el conductor conozca el destino es el escenario típico que la norma quiere evitar. Anote la hora y el código del viaje y reclame.

El pasajero entra alterado, grita y amenaza al conductor

se puede

Es el caso de la letra b) del artículo 8.º, apartado 1: una solicitud hecha por una persona con un comportamiento que hace sospechar peligrosidad. El conductor puede rechazar el servicio. Si la situación se agrava, la aplicación tiene que ofrecer un servicio de emergencia para conductores y pasajeros. Vea el artículo sobre elbotón de emergencia.

El perro viene mojado y lleno de barro después de un paseo por la playa

depende

El estado de higiene del animal es uno de los motivos atendibles que el artículo 8.º, apartado 3, admite expresamente. Si el animal puede ensuciar o dañar el interior del coche, el rechazo es defendible. Si el dueño tiene una manta o un transportín que resuelva el problema, deja de haber motivo. La decisión depende de las circunstancias concretas.

el conductor puede rechazar

  • viajes por vías manifiestamente intransitables o a lugares de notorio peligro
  • solicitudes de personas con un comportamiento que haga sospechar peligrosidad
  • solicitudes hechas en la calle, fuera de la aplicación
  • equipaje que perjudique la conservación del vehículo
  • animales peligrosos, enfermos o sin condiciones de higiene

el conductor no puede rechazar

  • viajes cortos o destinos que no compensan
  • pasajeros por edad, nacionalidad, lengua, discapacidad u otro motivo del artículo 7.º
  • un animal de compañía debidamente acompañado y acomodado
  • un perro guía, una silla de ruedas o un cochecito de bebé
  • maletas normales que quepan en el coche sin dañarlo

Las multas y quién las aplica

El artículo 25.º, apartado 2, sanciona con multa de 250 a 4500 euros, para personas físicas, y de 5000 a 44 000 euros, para personas jurídicas, tres infracciones ligadas a este tema:

  • la discriminación de pasajeros en violación del artículo 7.º, letra h);
  • el rechazo del servicio en violación del artículo 8.º, apartado 1, letra i);
  • el rechazo indebido del transporte de animales en violación del artículo 8.º, apartado 3, letra j).

Las letras i) y j) son responsabilidad del conductor. La letra h) puede recaer sobre el conductor, el operador y el gestor de la plataforma. Todas las tramita la AMT, según el artículo 25.º-A, apartado 1, letra b). La tentativa y la negligencia son punibles.

Un detalle: la lista del artículo 25.º no tiene una letra propia para el rechazo indebido de equipaje, previsto en el apartado 2 del artículo 8.º. En 2018, la letra d) sancionaba de forma genérica «el rechazo de servicios fuera de los casos a que se refiere el artículo 8.º». La nueva redacción solo menciona expresamente los apartados 1 y 3.

Lo que cambió en 2026, y lo que no

Las reglas sobre rechazo y discriminación son las de 2018. Cambiaron las multas: para personas físicas, el mínimo bajó de 2000 a 250 euros y el máximo se mantuvo en 4500; para personas jurídicas, el máximo subió de 15 000 a 44 000 euros. Y cambió la entidad: hasta ahora era el IMT quien tramitaba todas las infracciones, ahora estas pasan a la AMT.

Qué hacer si le rechazan un viaje

Guarde la prueba: captura de pantalla de la solicitud, hora, nombre y número de registro del conductor, que la aplicación tiene que mostrar en virtud del artículo 19.º, apartado 1, letra e). Después use el botón de quejas de la aplicación, que tiene que llevar al Libro de Reclamaciones Electrónico. La plataforma está obligada a investigar lo ocurrido y a guardar el registro durante al menos dos años. El paso a paso completo está en el artículocómo reclamar un viaje TVDE.

Preguntas frecuentes

¿El conductor puede rechazar un viaje por ser muy corto?

No. El artículo 8.º, apartado 1, de la ley TVDE enumera los únicos casos en que se puede rechazar un servicio: vías manifiestamente intransitables o lugares de notorio peligro, personas con un comportamiento que haga sospechar peligrosidad, y solicitudes hechas de forma incompatible con la ley. La distancia del viaje, un destino poco rentable o la hora no figuran en esa lista.

¿Puedo llevar a mi perro en un TVDE?

En general, sí. El artículo 8.º, apartado 3, dice que no se puede rechazar el transporte de animales de compañía debidamente acompañados y acomodados. El conductor solo puede negarse con un motivo atendible, y la ley da como ejemplos la peligrosidad, el estado de salud o de higiene del animal. Los perros guía de pasajeros invidentes tienen una regla propia, en el artículo 6.º, apartado 5, y su transporte es obligatorio.

¿El conductor puede rechazar mi equipaje?

Solo cuando las características del equipaje perjudiquen la conservación del vehículo, según el artículo 8.º, apartado 2. Una maleta normal, o varias, no justifica el rechazo. Un objeto mojado, sucio o cortante que pueda dañar el interior del coche puede justificarlo.

¿Cuál es la multa para un conductor que rechaza un viaje sin motivo legal?

El rechazo en violación del artículo 8.º, apartado 1, y el rechazo indebido de animales son infracciones del artículo 25.º, apartado 2, letras i) y j). La multa va de 250 a 4500 euros para personas físicas y de 5000 a 44 000 euros para personas jurídicas. Estas dos infracciones se imputan al conductor y las tramita la AMT.

¿Esto es nuevo o ya existía?

Las reglas de fondo ya existían en 2018: los artículos 7.º y 8.º no fueron modificados por la Ley n.º 59/2026. Lo que cambió fue el régimen de multas. El mínimo para personas físicas bajó de 2000 a 250 euros, el máximo para personas jurídicas subió de 15 000 a 44 000 euros, y la competencia para tramitar estas infracciones pasó del IMT a la AMT.

¿El conductor puede rechazarme por no hablar portugués?

No. La lengua está expresamente en la lista de motivos de discriminación prohibidos por el artículo 7.º. Otra cosa es el derecho del pasajero, previsto en el artículo 19.º, apartado 1, letra i), a elegir en la aplicación un conductor con conocimiento de la lengua portuguesa. Esa opción es del pasajero, no del conductor.

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